Franquicia para Empresas | SENCE
Franquicia para Empresas

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Productividad
A través de un incentivo tributario del Estado, tu empresa podrá financiar la capacitación y/o procesos de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales de los/as trabajadores/as.

FRANQUICIA TRIBUTARIA es una oportunidad del SENCE que contribuye al aumento de la productividad de personas, trabajadores/as y empresas, al mismo tiempo que impulsa el desarrollo económico y social del país.

Como empresa podrás utilizar más de una oportunidad FRANQUICIA TRIBUTARIA para obtener mejores resultados. Por ejemplo, evaluar las competencias de tus trabajadores/as para detectar las brechas en sus competencias, las que luego podrán acortarse a través de la capacitación. Finalmente será posible certificar formalmente las competencias laborales adquiridas para un determinado puesto de trabajo.


Formulario de adhesión en línea al sistema de comunicación Sence para empresas

Las empresas que utilizan el instrumento Franquicia Tributaria y no están registradas en la plataforma de usuarios de internet deben ingresar en este formulario en línea para obtener su clave de internet:

Ingrese al formulario

Las empresas contribuyentes en Primera Categoría ante SII (Ley sobre Impuesto a la Renta) que:

• Tengan una planilla anual de remuneraciones imponibles superior a 35 UTM.

• Tengan las Cotizaciones Previsionales de sus trabajadores/as pagadas.

PASO 1

¿A qué tipo de actividad de capacitación y/o proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (EyCCL) puedo acceder como empresa?

• Contratado: Es aquella capacitación y/o EyCCL en que participa un trabajador/a que mantiene un vínculo de subordinación y dependencia con la empresa usuaria de FRANQUICIA TRIBUTARIA.

• Pre Contrato: Es aquella capacitación y/o EyCCL en que participa una persona que no mantiene un vínculo de subordinación y dependencia con la empresa usuaria de FRANQUICIA TRIBUTARIA. Se realiza por medio de un contrato de capacitación y/o de EyCCL que no puede extenderse por más de 2 meses.

Más antecedentes AQUÍ.

• Post Contrato: Es aquella capacitación y/o EyCCL en la que participa un ex trabajador/a de la empresa usuaria de FRANQUICIA TRIBUTARIA. La actividad debe realizarse a más tardar cinco meses después de la fecha del término del vínculo laboral del trabajador/a con la empresa.

Conoce el catálogo de actividades de capacitación de Franquicia Tributaria AQUÍ

Si quieres realizar una actividad de capacitación, hazlo en la pestaña Trámites.


PASO 2

FRANQUICIA TRIBUTARIA promueve el Comité Bipartito de Capacitación (CBC), utilizado tanto para capacitación como Evaluación y Certificación de Competencias Laborares (EyCCL)

El Comité Bipartito es una organización que debe ser constituida por todas las empresas que tengan una dotación de 15 o más trabajadores/as permanentes o transitorios, debiendo estar conformado en partes iguales por representantes del empleador/a y de los/as trabajadores/as. El CBC tiene la misión de acordar y evaluar, el o los programas de capacitación y/o de EyCCL de la empresa.

En el caso que la empresa cuente con la aprobación del CBC de las actividades de capacitación y/o de EyCCL que informe al SENCE y ejecute a través de Franquicia Tributaria, podría obtener un 20% adicional en el Valor Hora y/o Valor UCL (Unidad de Competencia Laboral).

Revisa Información para constituir el Comité Bipartito de Capacitación AQUÍ


PASO 3

Definir Organismo Ejecutor

La empresa podrá evaluar la modalidad de capacitación que mejor se adapte a sus requerimientos, siendo las reconocidas por el SENCE, actividades presenciales o a distancia e-learning. Para esto podrá seleccionar al Organismo Técnico de Capacitación (OTEC) o relator/a que se adapte de manera más adecuada a sus necesidades y a las de los/as trabajadores/as.

En el caso de los procesos de EyCCL, la empresa podrá seleccionar al Centro de Evaluación que tenga las competencias para realizar dicha actividad.


PASO 4

¿Cómo puede gestionar la empresa las oportunidades de FRANQUICIA TRIBUTARIA?

• En forma Directa: La empresa administra los recursos disponibles para utilizar en capacitación y/o en EyCCL. Es la que realiza los procesos con el SENCE, contrata en forma directa los servicios con un OTEC y/o Centros Evaluadores.

• En forma Intermediada: La empresa entrega los recursos (aportes) disponibles para utilizar en capacitación y/o en procesos de EyCCL a un Organismo Técnico Intermedio para Capacitación (OTIC), el que administra los recursos y realiza todos los procesos con el SENCE. En capacitación el OTIC puede cobrar hasta un máximo del 15 % de los aportes de la empresa por concepto de gastos de administración.

Para la EyCCL, el gasto de administración no podrá exceder el 5% del costo de dicho proceso.


PASO 5

¿Qué se debe hacer luego de finalizada la actividad de capacitación y/o proceso de EyCCL?

Se debe presentar la documentación correspondiente que acredita la actividad realizada en las direcciones regionales del Sence y/o en el OTIC:

a) Actividad de capacitación

• Cursos presenciales: Factura pagada y certificado de asistencia emitido desde el Libro de Clases Electrónico (LCE). En caso de existir viáticos y traslado se deben presentar los respaldos de los gastos que los justifiquen.

• Cursos e-learning: Factura pagada, declaración jurada del OTEC, declaración jurada de los/as participantes.

• Cursos mixtos: Factura pagada, certificado de asistencia emitido desde el LCE y/o declaración jurada del OTEC, más declaración jurada de los/as participantes.

• Cursos internos: Boleta de honorarios o boleta de terceros pagada, certificado de asistencia emitido desde el LCE, copia de todos los gastos asociados a la solicitud del código.

b) Procesos de EyCCL: Factura pagada e informe final con resultado de evaluación.

c) Nivelación de estudios: Factura pagada, certificado de evaluación emitido por la entidad que, para estos efectos, designe el Ministerio de Educación, y el acta de examen elaborado por la entidad ejecutora de nivelación de estudios.

d) Módulos de formación técnica conducentes a Carreras Técnicas Profesionales: Factura pagada y certificado de asistencia.

El plazo para la presentación de los documentos es de 60 días corridos desde la fecha de término del curso y/o de la EyCCL.


PASO 6

Realiza los pasos en la pestaña Trámites.

¿Cuántos recursos puede destinar la empresa en FRANQUICIA TRIBUTARIA?

La empresa podrá estimar, de acuerdo a su planilla anual de remuneraciones imponibles del año anterior, el monto disponible para utilizar en FRANQUICIA TRIBUTARIA de acuerdo a los siguientes tramos:

Ejemplo de cálculo para actividades de capacitación:

PLANILLA ANUAL DE REMUNERACIONES

MONTO A IMPUTAR

 

PLANILLA ANUAL DE REMUNERACIONES

MONTO A IMPUTAR

De 0 a 34,99 UTM

0 UTM

 

De 0 a $1.691.871

0 UTM

Mayor de 35 a 44,9 UTM

7 UTM

 

Mayor de $1.692.355 a $2.171.050

7 UTM

De 45 a 900 UTM

9 UTM

 

Mayor de $2.175.885 a $43.517.700

9 UTM

Mayor a 900 UTM

1% Planilla Anual

 

Mayor a $43.517.700

1% Planilla Anual

     
* Según UTM de diciembre de 2018, valor $48.353.-

Las actividades de capacitación que se encuentran comunicadas de manera directa ante SENCE , es posible realizar rectificaciones a lo informado, estas las puede encontrar en los Manuales de Procedimientos Empresas. Para solicitar una rectificación se debe solicitar al correo electrónico de la Dirección Regional de donde se ejecutó el curso, indicados más adelante. En cambio, para aquellas acciones de capacitación comunicadas por un OTIC, es esta entidad quien debe realizar las rectificaciones con SENCE.

Correos electrónicos por cada Dirección Regional para la solicitud de rectificación de un curso:

REGIÓN

MAIL

Arica y Parinacota

rectificacionaricayparinacota@sence.cl

Tarapacá

rectificaciontarapaca@sence.cl

Antofagasta

rectificacionantofagasta@sence.cl

Atacama

rectificacionatacama@sence.cl

Coquimbo

rectificacioncoquimbo@sence.cl

Valparaíso

rectificacionvalparaiso@sence.cl

O'Higgins

rectificacionohiggins@sence.cl

El Maule

rectificacionmaule@sence.cl

Biobío

rectificacionbiobio@sence.cl

Ñuble

rectificacionnuble@sence.cl

La Araucanía

rectificacionaraucania@sence.cl

Los Lagos

rectificacionloslagos@sence.cl

Los Ríos

rectificacionlosrios@sence.cl

Aysén

rectificacionaysen@sence.cl

Magallanes

rectificacionmagallanes@sence.cl

Metropolitana

rectificacionmetro@sence.cl

 

Manual Impulsa Personas Manual Franquicia Tributaria (ex Impulsa Personas)

Díptico Empresas Díptico Empresas

Díptico Personas Díptico Personas

TRÁMITES SIMPLES EN 4 PASOS

Paso 1: Comunicar

Informar a SENCE, la actividad de capacitación y/o EYCCL, con sus participantes, fecha de ejecución, entre otros.

Se realiza por medio de plataforma Web, en las siguientes URL:

Capacitación

Evaluación y Certificación de Competencias Laborales

Si no estás registrado, ingresa al formulario de adhesión en línea del sistema de comunicación Sence para empresas:

Formulario de adhesión

Guía de uso para la plataforma web de Franquicia Tributaria que le permitirá informar, revisar y pre liquidar un curso ante SENCE, mayor información en este documento:

Guía de uso


Paso 2: Rectificar

Las actividades de capacitación y/o de EYCCL se encuentran en ejecución es posible realizar rectificaciones a lo informado a SENCE.

Estas rectificaciones se encuentran en los Manuales de Procedimientos y deben ser gestionadas por la entidad que informó a SENCE, empresa u OTIC.

Empresas

Deben gestionar a través de los siguientes correos:

rectificacionarica@sence.cl
rectificaciontarapaca@sence.cl
rectificacionantofagasta@sence.cl
rectificacionatacama@sence.cl
rectificacioncoquimbo@sence.cl
rectificacionvalparaiso@sence.cl
rectificacionohiggins@sence.cl
rectificacionmaule@sence.cl
rectificacionnuble@sence.cl
rectificacionbiobio@sence.cl
rectificacionaraucania@sence.cl
rectificacionloslagos@sence.cl
rectificacionlosrios@sence.cl
rectificacionaysen@sence.cl
rectificacionmagallanes@sence.cl
rectificacionmetropolitana@sence.cl

Paso 3: Liquidar

Proceso de acreditación y pago de la actividad de capacitación y/o EYCCL, se debe presentar a SENCE o al OTIC la documentación que respalda la ejecución y el respectivo pago dentro del plazo de 60 días corridos desde la fecha de término de la actividad de capacitación y/o EYCCL.

a) Actividad de capacitación:

• Cursos presenciales: Factura pagada y certificado de asistencia emitido desde el Libro de Clases Electrónico (LCE). En caso de existir viáticos y traslado se deben presentar los respaldos de los gastos que los justifiquen.

Liquidar una actividad de capacitación

• Cursos e-learning: Factura pagada, declaración jurada del OTEC, declaración jurada de los/as participantes.

• Cursos mixtos: Factura pagada, certificado de asistencia emitido desde el LCE y/o declaración jurada del OTEC, más declaración jurada de los/as participantes.

• Cursos internos: Boleta de honorarios o boleta de terceros pagada, certificado de asistencia emitido desde el LCE, copia de todos los gastos asociados a la solicitud del código.

• Cursos a Distancia - Autoinstrucción: Presentar declaración jurada de los participantes y el OTEC.

Ver AQUÍ

b) Procesos de EyCCL: Factura pagada e informe final con resultado de evaluación.

Evaluación y Certificación de Competencias Laborales

c) Nivelación de estudios: Factura pagada, certificado de evaluación emitido por la entidad que, para estos efectos, designe el Ministerio de Educación, y el acta de examen elaborado por la entidad ejecutora de nivelación de estudios.

Guía Autorización Cursos Nivelación Básicos y Medios

d) Módulos de formación técnica conducentes a Carreras Técnicas Profesionales: Factura pagada y certificado de asistencia.

El plazo para la presentación de los documentos es de 60 días corridos desde la fecha de término de la actividad de capacitación y/o de la EyCCL.


Paso 4: Certificar gasto en capacitación y/o EYCCL

Al año siguiente SENCE certificará el gasto en capacitación y/o EYCCL, para ello la empresa deberá presentar a SENCE, una declaración jurada anual de retención y pago de cotizaciones previsionales (notarial), una vez emitido el Certificado la empresa podrá declarar en el formulario N°22 de la Declaración de Impuesto a la Renta.

INGRESE A CERTIFICACIÓN DEL GASTO EN CAPACITACIÓN Y/O EN EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES EN:

Certificación del Gasto


Otros Trámites

Control E-learning / Empresa

Control E-learning / Alumnos(as)

Sistema Libro de Clases Electrónico

Programa de Capacitación y Evaluación de Certificación de Competencias Laborales

Capacitación y Detección de Necesidades

Guía Autorización Cursos Nivelación Básicos y Medios

Guía para la inscripción en la Nómina Especial del Registro Nacional de Entidades Niveladoras de Estudios de Educación Básica y Media

Descargue sus certificados de capacitación obtenidos entre 2010 y 2013
Certificados entre 2010 y 2013

Buscador de cursos Sence para Franquicia Tributaria

Pre contrato y post contrato

Listado de OTIC

Formulario Actualización de Relatores

Formulario e Instructivo Solicitud Actualización Costos

Leyes

Ley 20.267, de 2008

Ley 20.267, de 2008

Crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo.
 

Ley 19.518

Ley 19.518

Ley 19.518 de 1997, fija nuevo estatuto de capacitación y empleo, y sus modificaciones, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
 

Ley 19.880

Ley 19.880

Ley 19.880 del año 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
 

Ley Nº 20.326

Ley Nº 20.326

Ley del año 2009, que establece incentivos tributarios transitorios, concede un bono extraordinario para las familias de menores ingresos y establece otras medidas de apoyo a la inversión y el empleo.
 

Decretos

Decreto Supremo N°98

Decreto Supremo N°98/ de 1997

Decreto Supremo del año 1997, aprueba reglamento general de la ley Nº19.518, que fija el nuevo estatuto de capacitación y empleo, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaria del Trabajo y Previsión Social.
 

Decreto Nº122

Decreto Supremo N°122/ de 1998

Decreto Nº122 de 1998, que aprueba Reglamento Especial de la Ley Nº 19.518, relativo a los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación.
 

Decreto Supremo Nº 186

Decreto Supremo Nº 186/ de 2002

Decreto Supremo del año 2002, que aprueba Reglamento Especial de la Ley Nº 19.518, relativo a los módulos de formación en competencias laborales conducentes a títulos técnicos impartidos por los Centros de Formación Técnica.
 

Resoluciones

Resolución N°4117. Modifica Resolución N°2973 que aprueba Instructivo sobre uso del Sistema de Control E-learning

Resolución Exenta N° 4117

Modifica Resolución Exenta N° 2973, del 01 de julio de 2015, del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, que aprueba el Instructivo sobre uso del Sistema de Control E-learning, para las acciones de capacitación que sean impartidas por los organismos técnicos de capacitación, con cargo a la Franquicia Tributaria establecida en el artículo 36 de la Ley N°19.518.
 

Resolución N°4872. Aprueba Instructivo E-learning y autoriza financiamiento diferenciado

Resolución exenta N° 4872

Publicada el 28 de octubre de 2016. APRUEBA INSTRUCTIVO APLICABLE A LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN ELEARNING SINCRÓNICAS Y ASINCRÓNICAS Y AUTORIZA FINANCIAMIENTO DIFERENCIADO.
 

Resolución N°3830. Extiende entrada en vigor valor hora cursos elearning

Resolución exenta N° 3830

Posterga para 1° de Noviembre de 2016, la entrada en vigencia del valor máximo diferenciado por hora participante para cursos a distancia e-learning y extiende la vigencia del valor único hasta igual fecha.
 

Resolución N°3247. Extiende entrada en vigor valor hora cursos elearning

Resolución exenta N° 3247

Extiende al 31 de agosto de 2016, la entrada en vigor de valor hora máximo diferenciado, para franquiciar cursos de capacitación presenciales y cursos a distancia-elearning para el año 2016, por las razones que indica.
 

Resolución N°2726. Extiende entrada en vigor valor hora cursos elearning

Resolución exenta N° 2726

Extiende entrada en vigor de valor hora máximo diferenciado, para franquiciar cursos de capacitación presenciales y cursos a distancia-elearning para el año 2016, por las razones que indica.
 

Resolución N°1180. Modifica Resolución N°5399 del 29 de diciembre de 2015

Resolución Exenta N° 1180

Modifica Resolución Exenta N°5399 de 29 de diciembre de 2015, de este Servicio Nacional, que Fija valor hora máximo por participante para franquiciar los cursos de capacitación presenciales y cursos a distancia-elearning para el año 2016, en el sentido que indica.
 

Resolución Exenta N°5414. Sectores de beneficiarios elegibles por las empresas para el 2016.

Resolución Exenta N° 5414

Establece sectores de beneficiarios elegibles por las empresas hasta el 31 de diciembre de 2016, para efectos de celebrar contratos de capacitación en conformidad a lo establecido en el inciso sexto del artículo N°33 de la Ley 19.518.-
 

Resolución Exenta N°5399. Fija valor hora año 2016.

Resolución Exenta N° 5399

Fija valor hora máximo por participante para franquiciar los cursos de capacitación presenciales y cursos a distancia-elearning para el año 2016, en el sentido que indica.
 

Resolución Exenta N°5375. Fija valor inscripción curso Franquicia Tributaria

Resolución Exenta N° 5375

Establece para el año 2016 el valor por concepto de inscripción y actualización de cursos en el Registro Nacional correspondiente.
 

Resolución Exenta N°4150

Resolución Exenta N° 4150

Modifica la Resolución Exenta N°10.507, de 30 de diciembre de 2013 y la Resolución Exenta N°1156, de 10 de marzo 2014, ambas de este Servicio Nacional, en lo que se indica.
 

Resolución N°2973. Aprueba Instructivo sobre uso del Sistema de Control E-learning

Resolución Exenta N° 2973

Aprueba "Instructivo sobre uso del Sistema de Control E-learning", para las acciones de capacitación que sean impartidas por los organismos técnicos de capacitación, con cargo a la Franquicia Tributaria establecida en el artículo 36 de la Ley N°19.518.
 

Resolución Exenta Nº 566

Resolución Exenta N° 566

Establece valor máximo a descontar por cada proceso de evaluación y certificación de competencias laborales denominado valor proceso de evaluación y certificación de competencias laborales, para el año 2015.
 

Resolución Exenta Nº 7458

Resolución exenta N° 7458

Fija en $ 5.000.- el valor hora máximo por participante para franquiciar los cursos de capacitación presencial, y en $2.000 para los cursos a distancia-elearning para el año 2015.
 

Resolución Exenta Nº 7459

Resolución exenta Nº 7459

Establece sectores de beneficiarios elegibles por las empresas hasta el 31 de diciembre de 2015, para efectos de celebrar contratos de capacitación en conformidad a lo establecido en el inciso sexto del artículo 33 de la Ley Nº 19.519.
 

Resolución Exenta Nº 7434

Resolución Exenta N° 7434

Establece para el año 2015 el valor por concepto de inscripción y actualización de cursos en el Registro Nacional de Cursos de Capacitación.
 

Resolución Exenta Nº 7457

Resolución Exenta N° 7457

Establece valor máximo por beneficiario imputable a la franquicia tributaria por los módulos de formación en competencias laborales acreditables para la formación de técnicos de nivel superior, conducentes a títulos técnicos que sean impartidos por los Centros de Formación Técnica autorizados por el Ministerio de Educación, para el año 2015.-
 

Resolución Exenta Nº 5824

Resolución Exenta N° 5824

Fija horas cronólogicas mínimas de duración de las actividades de capacitación que ejecuten los organismos técnicos de capacitación al amparo de la franquicia tributaria consagrada en el artículo 36 del Estatuto de Capacitación y Empleo, y deja sin efecto, en lo pertinente, las Resoluciones Exentas N° 10.507 de 30 de diciembre de 2013, N° 0465 de 29 de enero de 2014 y N° 1.156 de 10 de marzo de 2014, todas de este Servicio Nacional, en lo que se indica.
 

Resolución Exenta Nº 0465

Resolución Exenta Nº 0465

Aprueba Manual de Procedimientos, Autorización de Actividades de Capacitación a realizarse por Organismos Técnicos de Capacitación para el año 2014 y sus anexos.
 

Resolución Exenta Nº 10.507

Resolución Exenta Nº 10507

Aprueba nuevo texto del Manual de Procedimientos para Empresas en el Marco de la Franquicia Tributaria, del Sence.
 

Resolución Exenta Nº 8277

Resolución Exenta N° 8277

Establece la obligatoriedad del uso del Libro de Clases Electrónico, para el registro de asistencia de los participantes a los cursos de capacitación, ejecutados internamente por las empresas.
 

Resolución N°1600, de 2008 de la Contraloría General de la República

Resolución N° 1600, de 2008 de la Contraloría General de la República

Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
 

Circulares

Circular N° 46

Circular N° 46

Se pronuncia sobre procedimiento para liquidaciones fuera de plazo autorizadas por los Directores Regionales, deja sin efecto criterios especificados en ORD. CIRC. (D.C) 25, del 15 de febrero 2010 y entrega resolución tipo.
 

Manuales

INSTRUCTIVO APLICABLE A LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN E-LEARNING EN MODALIDADES SINCRÓNICA Y ASINCRÓNICA 2016

Instructivo

Instructivo Aplicable a las Solicitudes de Autorización de Actividades de Capacitación E-Leraning en Modalidades Sincrónica Y Asincrónica 2016.

Documentos