Ley Karin: avanzando hacia el trabajo decente y seguro
Importante avance en la prevención y sanción del acoso, tanto en el sector público como privado.
El jueves 1 de agosto 2024 entrará en vigencia en Chile la Ley Karin, normativa que toma el nombre Karin Salgado, una técnica en enfermería que se quitó la vida en 2019, luego de sufrir una serie de episodios de acoso laboral al interior del hospital Herminda Martín de Chillán.
Este cuerpo legal modifica el Código del Trabajo, leyes orgánicas constitucionales y estatutos administrativos, para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo, ya sea en el sector privado o en el sector público.
Para lograrlo, la Ley Karin establece como obligación la existencia de un protocolo de prevención del acoso laboral.en todas las empresas y órganos del Estado con más de 10 personas trabajadoras.
“Así como antes algunos pensaban que el bullying eran bromas entre niños, la verdad es que el maltrato laboral es completamente condenable y no se puede permitir, y sin duda va a contribuir a la inserción laboral de las mujeres, quienes más lo sufren dentro de las empresas”, explicó la ministra del Trabajo, Jeannette Jara.
La norma aplica a las y los trabajadores que se encuentren con contrato a plazo fijo, indefinido, por obra o faena, y también a independientes que “presten servicios en forma habitual en el mismo lugar de trabajo”.
Esta ley (N° 21.643) no tiene efecto retroactivo y las denuncias deben ser canalizadas directamente con el empleador, la Inspección del Trabajo (DT) o en los tribunales laborales.
“Como Gobierno, estamos cumpliendo con uno de los compromisos del programa del Presidente Gabriel Boric, en orden a impulsar políticas públicas que avancen en materia de Trabajo Decente, con perspectiva de género, buscando garantizar espacios laborales seguros y libres de acoso, y estableciendo la obligación de prevenir los actos que vayan en contra de este objetivo”, sostuvo la titular del Trabajo.
Así, las empleadoras y los empleadores tendrán el deber de informar semestralmente los canales que mantiene la empresa para la recepción de denuncias sobre incumplimientos relativos a la prevención, investigación y sanción del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, así como las instancias estatales para denunciar cualquier incumplimiento a la normativa laboral y para acceder a las prestaciones en materia de seguridad social.
“La Ley Karin pone el foco en la prevención de este tipo de conductas, y lo hace de manera activa, porque en la sociedad chilena solemos decir ‘mejor prevenir que curar’, pero en realidad no se previene del aire ni espontáneamente. Hay que tomar medidas y por eso la ley hace que los servicios públicos y las empresas privadas modifiquen su reglamento interno, sus protocolos y además se capacite al personal”, señaló la secretaria de Estado, explicó la jefa de la cartera del Trabajo y Previsión Social a fines de junio pasado.