Franquicia Tributaria, la oportunidad de capacitación que ofrece el Estado a las empresas y sus trabajadores
Nacido en 1976 con la creación del SENCE, este incentivo tributario se ha adaptado progresivamente a las necesidades de cada época. Su efecto sigue siendo un aporte clave en la formación permanente y mejoramiento de las competencias del capital humano, y con ello, en la productividad de las empresas.
Contribuir a mejorar la productividad de los/as trabajadores/as y empresas, promoviendo el desarrollo económico y social del país. Ese es el objetivo de la Franquicia Tributaria de Capacitación (FT), instrumento operado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, SENCE, que permite opciones tan variadas como la formación laboral y/o Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (EyCCL); nivelación y continuidad de estudios (de Educación Básica y Media para adultos), capacitación de potenciales trabajadores/as y detección de necesidades de capacitación, entre otros.
Entre el 2 de enero y el 30 de septiembre de 2019, la FT permitió la capacitación de 647.013 trabajadores/as, actividad que implicó una inversión total de 69.414.044.506 millones de pesos (53.706.420.111 pública, y 15.707.624.395 privada).
Si bien durante el año 2020 se ha visto una baja considerable en el uso del beneficio por efecto de la pandemia Covid-19, las cifras indican una inversión en capacitación FT (al 30 de septiembre) de 35.897.937.756 de pesos, equivalente a 274.799 trabajadores capacitados. De ella, 29.760.097.090 de pesos son aporte del Estado, y 6.137.840.666 de pesos, a la inversión privada.
¿Cómo opera la Franquicia Tributaria?
Esta oportunidad SENCE permite a las empresas clasificadas por el SII como contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley del Impuesto a la Renta, descontar del impuesto a pagar, los montos invertidos en Programas de Capacitación para trabajadores, potenciales trabajadores (Pre contrato) o ex trabajadores de la empresa (Post contrato), con los alcances, límites y montos que dispone la ley N°19.518.
Es decir, la FT financia la capacitación (de un mínimo de 8 horas cronológicas) y/o la Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (que reconoce formalmente los conocimientos, capacidades y aptitudes para ejecutar funciones específicas de un puesto de trabajo, independientemente de cómo las hayan adquirido) de mujeres y hombres mayores de 15 años, sean trabajadores/as o personas que no se encuentren vinculadas a la empresa, aportando a la sostenibilidad y crecimiento de éstas.
Para utilizar el beneficio, las empresas deben tener una planilla anual de remuneraciones imponibles superior a 35 UTM, contribuyentes de primera categoría y las cotizaciones previsionales de sus trabajadores/as pagadas
¿Por qué utilizar la FT?
Por donde se mire, la capacitación es una inversión rentable. Está comprobado que mientras mayor es el grado de formación del capital humano, más eficiente es su productividad. Además, es un factor relevante en la identificación del personal con la empresa, la disminución de la rotación de trabajadores, la prevención de accidentes de trabajo, la adaptación a las necesidades de los tiempos y las exigencias de los cambios tecnológicos y la economía.
El ciclo óptimo de Franquicia Tributaria es que la empresa detecte sus necesidades, prepare un Plan de Capacitación y/o de EyCCL y seleccione el Organismo Técnico de Capacitación (OTEC) o relator/a que impartirá la formación requerida. El estudio se debe presentar al menos 10 días hábiles previos al inicio del primer curso declarado en el informe (DNC). En el caso de la EyCCL, la empresa podrá seleccionar al Centro de Evaluación que tenga las competencias para realizar dicha actividad.
Comité Bipartito de Capacitación (CBC): todas las empresas con dotación de 15 o más trabajadores/as (permanentes o transitorios) deben crear un CBC, formado en partes iguales por representantes del empleador/a y de los/as trabajadores/as. Su misión es acordar y evaluar, el o los programas de capacitación y/o de EyCCL de la empresa.
Franquicia Tributaria en días de Pandemia Covid-19
Para seguir adelante con las acciones de capacitación durante el confinamiento y las distintas etapas del Plan Paso a Paso, Chile se recupera, SENCE ha adoptado las siguientes medidas:
- 19 de marzo de 2020 (Ordinario Circular N° 007): aquellos OTEC imposibilitados de ejecutar presencialmente sus cursos, puedan continuar vía streaming, siempre y cuando la naturaleza del curso así lo permita. La empresa deber emitir una declaración jurada avalando el cambio de modalidad de la ejecución del curso.
- 26 de marzo de 2020 (Ordinario Circular N° 9): OTEC y empresas puedan homologar sus códigos SENCE de presencial a e-learning sincrónicos, permitiendo realizar las clases vía streaming. Respaldo de participación de alumnos en clases mediante solicitudes de asistencia retroactiva (subida a Libro de Clases Electrónico).
- 17 de agosto de 2020 (Resolución N° 2082) permite un aumento en un 40% valor hora para los cursos de capacitación que correspondan a Pre y Post contrato. Ambas alternativas apoyan a personas desempleadas en sus procesos de capacitación y reconversión laboral, por lo que en las actuales circunstancias de crisis económica.