De acuerdo al Artículo 5° de la Ley N° 20.338, el trabajador/a que percibiere una cantidad mayor a la que corresponda por concepto de subsidio, deberá reintegrar la parte recibida en exceso a SENCE.
Los montos pagados en exceso se detectan una vez realizada la validación anual de las rentas y pagos mensuales (pagos previsionales) que el trabajador recibió durante el año calendario, y se producen por la diferencia entre lo que recibió y lo que debería haber recibido.
De encontrarse diferencias en el monto del subsidio, éstas deben ser reintegradas a SENCE.
Usted puede pagar el reintegro de su subsidio entre el 10 de febrero y el 23 de marzo (Posterior a esta fecha, los medios de pago no estarán habilitados).
Para los reintegros por Bono al Trabajo de la Mujer, BTM, puede cancelar su deuda a través del Portal de Pagos o a través del Convenio de Recaudación en cualquier sucursal del Banco Estado y Servi Estado.
Para los reintegros por Subsidio al Empleo Joven, SEJ, usted solo puede cancelar a través del Portal de Pagos.
Los resultados de esta solicitud estarán posterior a esta fecha.
¿Qué pasa si no pago el monto a reintegrar?
De conformidad a lo establecido en la Ley y el Reglamento, el SENCE tiene la facultad de poder retener de los futuros subsidios las sumas percibidas indebidamente por el beneficiario/beneficiaria.
En caso de no contar con futuros subsidios, la Tesorería General de la República procede a retener de la devolución de impuestos a la renta y de cualquiera otra devolución o crédito las sumas percibidas indebidamente.
¿Qué pasos debo seguir para realizar la solicitud en el Buzón Ciudadano?
Para generar la solicitud, complete el formulario y adjunte documentos que sirvan como antecedente: certificado de cotizaciones de salud, certificado de cotizaciones de AFP y certificado de remuneraciones (todos de los 12 meses de 2018), además, certificado de licencia médica emitida por la entidad pagadora, en caso de que corresponda. Seleccione el tipo de Solicitud, “Pregunta” y luego el tipo de beneficio “Bono al Trabajo de la Mujer”.
Los reintegros se detectan una vez realizada la validación anual de las rentas y los pagos previsionales mensuales que el trabajador recibió durante el año calendario, y se producen por la diferencia entre lo que recibió y lo que debería haber recibido.
De conformidad a lo establecido en la Ley y el Reglamento, el SENCE tiene la facultad de poder retener de los futuros subsidios las sumas percibidas indebidamente por el beneficiario/beneficiaria.
En caso de no contar con futuros subsidios, la Tesorería General de la República procede a retener de la devolución de impuestos a la renta y de cualquiera otra devolución o crédito las sumas percibidas indebidamente.
Puede revisar su monto a reintegrar en la página “Portal de Pagos SENCE”, https://sistemas.sence.cl/portaldepagos/login.
Para iniciar sesión debe introducir su RUT y Clave Sence (CS).
En el caso de BTM, usted puede realizar el pago de los reintegros a través del Convenio de Recaudación en cualquier sucursal del Banco Estado y Servi Estado. Además, puede hacerlo también directamente en el “Portal de Pagos SENCE”, a través del botón “pagar”. Apóyese en el “Instructivo Portal de Pagos – Reintegros” en caso de dudas.
IMPORTANTE: Realice el pago de los reintegros por UNO de los medios descritos anteriormente.
En el caso de SEJ, usted puede realizar el pago de los reintegros a través del “Portal de Pagos SENCE”. Apóyese en el “Instructivo Portal de Pagos – Reintegro” en caso de dudas.
Para generar la solicitud, ingrese al Buzón Ciudadano Sence, https://buzonciudadano.sence.cl, complete el formulario y adjunte documentos que sirvan como antecedente: certificado de cotizaciones de salud, certificado de cotizaciones de AFP y certificado de remuneraciones (todos de los 12 meses de 2018), además, certificado de licencia médica emitida por la entidad pagadora, en caso de que corresponda. Seleccione el tipo de Solicitud, “Pregunta” y luego el tipo de beneficio.