El Precontrato de Capacitación y/o Proceso de Evaluación es aquella capacitación y/o proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (EyCCL), en la cual la persona beneficiaria NO mantiene un vínculo de subordinación y dependencia con la empresa usuaria del sistema. No obstante, se suscribe un contrato de capacitación y/o proceso de evaluación para la ejecución del curso y/o proceso de evaluación, en la cual ninguna de las partes está obligada a suscribir un contrato de trabajo.
Se encuentra disponible Guía Pre y Post contrato de Capacitacion y/o EyCCL. Ver Aquí
Resolución Exenta Nº 1872 del 14-07-2020 Viático y Traslado Pre y Post Contrato.
Resolución Exenta Nº 4620 del 28-12-2023. Fija el valor hora máximo por participante para franquiciar los cursos y acciones de capacitación financiables a través de la franquicia tributaria que establece el artículo 36 de la Ley N°19.518, para el periodo comprendido entre enero y febrero del año 2024, por las razones que indica.
Resolución Exenta Nº 4623 del 28-12-2023. Establece sectores de beneficiarios elegibles por las empresas hasta el 31 de diciembre de 2024, para efectos de celebrar contratos de capacitación en conformidad a lo establecido en el inciso sexto del artículo N°33 de la Ley 19.518.
A Personas que no cuentan con un vínculo laboral con la empresa usuaria de la Franquicia Tributaria.
El contrato de capacitación o contrato de evaluación sólo obliga a la persona a participar de la capacitación y/o proceso de evaluación, y a la empresa de financiar. Pero no existe obligación de las partes a suscribir un contrato de trabajo.
El curso y/o proceso de evaluación asociado al contrato de capacitación o contrato de evaluación no debe exceder los dos meses.
El curso y/o proceso de evaluación asociado al post contrato no debe exceder los 5 meses.
La empresa debe presentar los documentos de respaldo a la Dirección Regional de SENCE donde se ejecute el curso, pudiendo realizarlo de manera física en la oficina de partes, o bien mediante la casilla de correo electrónico de la oficina de partes.
La documentación debe ser presentar a través de la plataforma de EyCCL.
A personas que han sido desvinculados de una empresa, permitiendo así la realización de un curso de capacitación y/o proceso de evaluación, con el fin de apoyar su pronta empleabilidad.
Una vez que la Dirección Regional del SENCE autorice el curso de capacitación y /o proceso de evaluación, deberá presentar la documentación de respaldo de liquidación a la Dirección Regional del SENCE donde se haya ejecutado el curso en el caso de cursos de Capacitación. Mientras para que Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, deberá presentarlo a través de la plataforma de EyCCL.
Tanto los contratos de capacitación como la firma del finiquito y declaraciones juradas, pueden presentar firma digital, electrónica o avanzada:
Un menor de edad entre 15 años y menor de 18 puede participar, siempre y cuando el contrato de capacitación sea suscrito por el o la participante, y madre, padre o tutor/a, además de la empresa beneficiaria.