
SENCE abre postulaciones para Fondos Concursables del Programa Becas Laborales
El proceso de postulación estará abierto hasta el 25 de julio. Más información, requisitos y beneficios en www.sence.cl.
El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, SENCE, inició el proceso de postulación a los Fondos Concursables del Programa Becas Laborales 2025, dirigidos a organizaciones sin fines de lucro y municipalidades que deseen financiar cursos de capacitación para sus beneficiarios o comunidades.
“Los Fondos Concursables se traducen en más oportunidades de acceso al trabajo, especialmente para quienes se encuentran en contextos de mayor vulnerabilidad. Por eso son tan relevantes para el desarrollo local, porque impulsan la empleabilidad con pertinencia territorial”, detalla la directora del SENCE en Atacama, Fernanda Medina.
Este programa de capacitación en oficios -con enfoque en el desarrollo de competencias laborales- especialmente para personas vulnerables, cesantes, trabajadores por cuenta propia, cuidadoras, migrantes, pueblos originarios, personas con discapacidad y otros grupos priorizados.
Pueden postular a los Fondos Concursables 2025: fundaciones, corporaciones, cooperativas acreditadas por el ministerio de Economía, asociaciones y comunidades Indígenas, asociaciones gremiales, organizaciones sindicales, federaciones, confederaciones y municipalidades.
¿Cómo funciona el Fondo Concursable?
- Las Entidades Requirentes postulan sus requerimientos de capacitación ►AQUÍ.
- SENCE evalúa y selecciona las propuestas, según criterios técnicos definidos por resolución.
- Los cursos seleccionados son licitados por los OTIC y adjudicados a OTEC, conforme a las bases administrativas.
- El financiamiento proviene de los excedentes del uso de la Franquicia Tributaria de Capacitación, administrados por los OTIC.
¿Quiénes no pueden postular?
- Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC)
- Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación (OTIC)
- Entidades Requirentes cuyos gerentes, administradores, propietarios, socios, partícipes, representantes legales o directores mantengan vínculos de propiedad o representación con un OTEC, fundación o empresa propietaria de un OTEC.
- Instituciones públicas, excepto Municipalidades.