Uso Pre y Post Contrato


Resolución Exenta Nº 786 del 16-03-2023. Aprueba “Instrucciones para las empresas y los Organismos Técnicos de Intermediación Laboral, para la presentación de la documentación a las Direcciones Regionales de Sence, referente a los pre y post contratos, de capacitación y/o evaluación de certificación de competencias laborales”.
   

El Precontrato de Capacitación y/o Proceso de Evaluación es aquella capacitación y/o proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (EyCCL), en la cual la persona beneficiaria NO mantiene un vínculo de subordinación y dependencia con la empresa usuaria del sistema. No obstante, se suscribe un contrato de capacitación y/o proceso de evaluación para la ejecución del curso y/o proceso de evaluación, en la cual ninguna de las partes está obligada a suscribir un contrato de trabajo.

Instructivo

Se encuentra disponible Guía Pre y Post contrato de Capacitacion y/o EyCCL. Ver Aquí

  1. Informar el curso ante SENCE señalando que corresponde a un “Pre Contrato”.
  2. Presentar la documentación requerida a la Dirección Regional, la cual debe ser presentada como máximo hasta el último día de ejecución del curso, o su fecha de término.
  3. Una vez autorizado el curso por parte de la Dirección Regional, deberá presentar la documentación de respaldo para la solicitud de liquidación del curso y/o proceso de evaluación.
    En el caso de un curso de capacitación, revisar el paso 2 del ítem “V” de la Guía ejecutiva. Mientras que para un Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, revisar el paso 3 ítem “VI” de la Guía ejecutiva.

Resolución Exenta Nº 1872 del 14-07-2020 Viático y Traslado Pre y Post Contrato.

Resolución Exenta Nº 4620 del 28-12-2023. Fija el valor hora máximo por participante para franquiciar los cursos y acciones de capacitación financiables a través de la franquicia tributaria que establece el artículo 36 de la Ley N°19.518, para el periodo comprendido entre enero y febrero del año 2024, por las razones que indica.

Resolución Exenta Nº 4623 del 28-12-2023. Establece sectores de beneficiarios elegibles por las empresas hasta el 31 de diciembre de 2024, para efectos de celebrar contratos de capacitación en conformidad a lo establecido en el inciso sexto del artículo N°33 de la Ley 19.518.

¿A quiénes están dirigido los Pre contrato?

A Personas que no cuentan con un vínculo laboral con la empresa usuaria de la Franquicia Tributaria.

¿Si se firma un contrato de capacitación o contrato de evaluación, las partes tienen alguna obligación?

El contrato de capacitación o contrato de evaluación sólo obliga a la persona a participar de la capacitación y/o proceso de evaluación, y a la empresa de financiar. Pero no existe obligación de las partes a suscribir un contrato de trabajo.

¿Cuánto puede durar el curso y/o proceso de evaluación de pre contrato?

El curso y/o proceso de evaluación asociado al contrato de capacitación o contrato de evaluación no debe exceder los dos meses.

¿Cuánto puede durar el curso y/o proceso de evaluación de post contrato?

El curso y/o proceso de evaluación asociado al post contrato no debe exceder los 5 meses.

¿Dónde se puede hacer llegar los documentos de respaldo para la autorización de los pre o post contrato de capacitación?

La empresa debe presentar los documentos de respaldo a la Dirección Regional de SENCE donde se ejecute el curso, pudiendo realizarlo de manera física en la oficina de partes, o bien mediante la casilla de correo electrónico de la oficina de partes.

¿Dónde se puede hacer llegar los documentos de respaldo para la autorización de los pre o post contrato de evaluación?

La documentación debe ser presentar a través de la plataforma de EyCCL.

¿A quiénes están dirigido los Post contrato?

A personas que han sido desvinculados de una empresa, permitiendo así la realización de un curso de capacitación y/o proceso de evaluación, con el fin de apoyar su pronta empleabilidad.

¿En qué momento presentar la documentación que respaldo la liquidación y la ejecución del curso de capacitación y/o proceso de evaluación?

Una vez que la Dirección Regional del SENCE autorice el curso de capacitación y /o proceso de evaluación, deberá presentar la documentación de respaldo de liquidación a la Dirección Regional del SENCE donde se haya ejecutado el curso en el caso de cursos de Capacitación. Mientras para que Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, deberá presentarlo a través de la plataforma de EyCCL.

¿Son aceptadas las firmas digitales o electrónicos?

Tanto los contratos de capacitación como la firma del finiquito y declaraciones juradas, pueden presentar firma digital, electrónica o avanzada:

  1. Presentación electrónica de copias digitalizadas de documentos en soporte papel, suscritos mediante firma manual o a mano alzada, adjuntando copia digital de la cédula de identidad de todas las personas cuyas firmas aparezcan en el documento, e indicar sus respectivos números de teléfono o correos electrónicos.
  2. Presentación de documentos electrónicos, suscritos mediante firma electrónica simple, adjuntando la cédula de identidad de todas las personas cuyas firmas aparezcan en el documento, e indicar sus respectivos números de teléfono o correos electrónicos, con el objeto de que el Servicio pueda verificar la autenticidad del documento que se le presente.
  3. Presentación de documentos electrónicos, suscritos mediante firma electrónica avanzada por todos sus otorgantes.
¿Puede una persona menor de edad capacitarse o participar en un Proceso de Certificación de Precontrato?

Un menor de edad entre 15 años y menor de 18 puede participar, siempre y cuando el contrato de capacitación sea suscrito por el o la participante, y madre, padre o tutor/a, además de la empresa beneficiaria.